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miércoles, 28 de octubre de 2009

Regala casas a exranjeros la Corte


Fuente: La Jornada de Oriente (Tlaxcala)
Difusión AMLO TV

RENÉ SÁNCHEZ

Los derechos a la prórroga por desempleo, a la liberación de crédito por incapacidad, por muerte o por plazo máximo, entre otros, se ven trastocados con la venta de 56 mil créditos que realizó el Infonavit en 2006.

El Consejo de Defensa de la Vivienda (CDV), organización civil, ganó 25 amparos en contra de esta venta. El argumento más sólido y trascendente consiste en que con la venta de cartera se anula el derecho a que, cuando exista empleo, la aportación patronal del 5 por ciento sobre nómina que constituye la subcuenta de vivienda del trabajador, debe destinarse al pago del crédito.

Sin embargo, dos tribunales colegiados optaron por una decisión contraria: considerar que el Infonavit sí está facultado para vender los créditos, toda vez que la ley faculta a su Consejo de Administración para aprobar cualquier política que sea necesaria para cumplir su objeto.

Estas resoluciones contrarias entre sí provocaron que la Segunda Sala de la Suprema Corte abriera un expediente para resolver qué criterio debía prevalecer.

El ministro Sergio Aguirre Anguiano “nos dijo en su despacho que la política no servía para nada, y que la cuestión social estaba tan alejada como Júpiter… a lo cual yo le contesté que la justicia para él era la que estaba tan alejada como Júpiter”.

Nuestra respuesta: la movilización fue aún más destacada. Los días 19 y 26 de agosto, así como el 21 de octubre, el CDV junto con otras organizaciones se movilizó a las afueras de la sede de la Suprema Corte.

El 26 de agosto de 2009 además de la manifestación en el Distrito Federal, hubo movilizaciones simultáneas en Sonora, Chihuahua, Coahuila, Puebla y una rueda de prensa en Tlaxcala.

El 21 de octubre de 2009 la Segunda Sala resolvió. El ministro Góngora Pimentel cuestionó a la mayoría de ministros: “para analizar si el Consejo de Administración del Infonavit está o no facultado para autorizar la venta de cartera vencida, es necesario conocer… la naturaleza jurídica de la institución.

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